Es abogada de la Pontificia Universidad Javeriana con experiencia en derecho público y corporativo y especialista en derecho constitucional del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de Madrid. Iván Duque, a su llegada a la Presidencia, la nombró superintendente de Subsidio Familiar y luego, fue nombrada fiscal delegada contra la criminalidad organizada por el Fiscal General, Francisco Barbosa. Es cercana a Duque y al fiscal Barbosa y llegó a la Corte Constitucional en enero de este año ternada por el primero.
Lleva un tiempo corte en la Corte Constitucional, seis meses, por lo cual no son muchas las sentencias que ha proferido hasta el momento, y su trabajo en el alto tribunal es algo que se irá haciendo evidente con el tiempo. Sin embargo, hay dos fallos que vale la pena resaltar.
La sentencia T-156 de 2021 es una tutela a favor de una joven de 25 años, a quien su EPS le negó la autorización para la entrega de un dispositivo auditivo que, según su médico tratante, necesita para mejorar su audición.
Sentencia | Resumen |
---|---|
Sentencia T-156 de 2021 | Exigió la entrega de un dispositivo auditivo que una mujer necesitaba para mejorar su audición. |
Sentencia T-113 de 2021 | Estableció que una joven con discapacidad tenía derecho a una pensión por invalidez. |
“Desde la esfera psicológica, las valoraciones médicas dan cuenta de problemas de concentración, vergüenza, depresión, baja autoestima, preocupación, frustración, ansiedad, desconfianza, inseguridad, paranoia, ira, irritabilidad y culpabilidad”, señala la sentencia y concluye que la falta del dispositivo auricular ordenado no solo implica vulneración del derecho a la salud de la accionante, sino que también amenaza su vida digna.
Por otro lado, está la sentencia T-113 de 2021, un caso de un joven con discapacidad al que Colpensiones le negó la pensión por invalidez porque tenía pocas semanas de cotización. La corte estableció que el joven sí tenía derecho a la pensión por invalidez en razón a la “protección especial que requieren aquellos jóvenes que pierden un gran porcentaje de capacidad laboral, por una enfermedad o accidente de origen común. Ello por cuanto a una persona joven no se le puede exigir igual número de cotizaciones que a una persona mayor».